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Descripción

La Directiva 2007/60/CE relativa a la evaluación y gestión de los riesgos de inundación entró en vigor el 26 de noviembre de 2007. La presente Directiva exige a los Estados miembros que evalúen si todos los cursos de agua y las líneas costeras están en riesgo de inundación, cartografien el alcance de la inundación y los activos y las personas en situación de riesgo en estas zonas y adopten medidas adecuadas y coordinadas para reducir este riesgo de inundación. La presente Directiva refuerza también el derecho del público a acceder a esta información y a opinar en el proceso de planificación.

La Directiva fue propuesta por la Comisión Europea el 18/01/2006 y finalmente se publicó en el Diario Oficial el 6 de noviembre de 2007. Su objetivo es reducir y gestionar los riesgos que las inundaciones suponen para la salud humana, el medio ambiente, el patrimonio cultural y la actividad económica. La Directiva obliga a los Estados miembros a:

  1. llevar a cabo una evaluación preliminar antes de 2011 para identificar las cuencas hidrográficas y las zonas costeras asociadas en riesgo de inundación,
  2. elaborar mapas de riesgo de inundación para 2013,
  3. establecer planes de gestión del riesgo de inundación centrados en la prevención, la protección y la preparación para 2015.

Estos pasos deben revisarse cada 6 años. La Directiva se aplica tanto a las aguas interiores como a todas las aguas costeras de todo el territorio de la UE.

La Directiva se lleva a cabo en coordinación con la Directiva marco sobre el agua, en particular mediante la coordinación de los planes de gestión del riesgo de inundación y los planes hidrológicos de cuenca, y mediante la coordinación de los procedimientos de participación pública en la preparación de estos planes. Todas las evaluaciones, mapas y planes preparados se ponen a disposición del público.

Los Estados miembros deben coordinar sus prácticas de gestión del riesgo de inundación en cuencas hidrográficas compartidas, incluso con terceros condados, y, en solidaridad, no adoptarán medidas que aumenten el riesgo de inundación en los países vecinos. Los Estados miembros tendrán en cuenta la evolución a largo plazo, incluido el cambio climático, así como las prácticas sostenibles de uso de la tierra en el ciclo de gestión del riesgo de inundación contemplado en la presente Directiva.

Información de referencia

Sitios web:
Fuente:

Comisión Europea

Publicado en Clima-ADAPTAR: Dec 31, 1969

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